Los ministros aprobaron prorrogar hasta el 30 de noviembre la movilización de reservistas por emergencia y las medidas especiales de detención.

El miércoles, el gobierno aprobó una prórroga del marco de emergencia que permite a las FDI (Fuerzas de Defensa de Israel) movilizar a reservistas bajo la «Orden 8» hasta el 30 de noviembre, al tiempo que redujo el número máximo de movilizaciones de 240.000 a 200.000, según una propuesta presentada por el Ministerio de Defensa.
Los ministros aprobaron dos decisiones relacionadas con la seguridad mediante una votación telefónica. La primera amplía la facultad de llamar a reservistas al servicio activo bajo la «Orden 8». La segunda prorroga por dos meses la declaración que permite medidas especiales para la detención de combatientes ilegales.
Un dictamen jurídico elaborado por el estamento de defensa prestó considerable atención al impacto continuo sobre el sistema de reservas. La decisión, señalaba el documento, plantea «dificultades extremadamente significativas en cuanto a la igualdad», ya que la carga que recae sobre quienes efectivamente prestan servicio sigue aumentando, mientras que el Estado no ha cumplido con su obligación de garantizar un reclutamiento equitativo en todos los sectores de la población.
El dictamen también señalaba que el gobierno no ha ampliado el abanico de sanciones ni ha aplicado con suficiente rigor los requisitos de reclutamiento frente a quienes evaden el servicio militar. El resultado, según el documento, es una situación en la que «por un lado, el gobierno aumenta la carga sobre los reservistas y, por el otro, no actúa para hacer cumplir la obligación de reclutamiento a los evasores».
El reclutamiento de los haredim, factor clave en la carga de las reservas
La cuestión del reclutamiento de los haredim (ultraortodoxos) también ocupa un lugar destacado en la justificación de la continua necesidad de reservistas. Según la postura de las FDI, ampliar el sistema de reservas no puede sustituir el aprovechamiento pleno de los efectivos disponibles mediante el servicio obligatorio, factor que tiene un «impacto drástico» en la conformación de la fuerza militar.
Se han enviado órdenes de reclutamiento a los miembros de la comunidad haredí sujetos al servicio militar obligatorio, y las FDI han intensificado las medidas contra quienes evaden el reclutamiento; sin embargo, persiste la disparidad en el reparto de esta carga. A pesar de ello, los funcionarios de defensa sostienen que la situación de seguridad y las necesidades de las FDI no permiten actualmente poner fin a las convocatorias de reservistas bajo la «Orden 8».
En su exposición de motivos, el Ministerio de Defensa justificó la prórroga de la orden basándose en las amenazas persistentes, la actividad de las FDI en múltiples sectores y los requisitos operativos.
El alcance numérico de este marco de convocatorias ha variado en varias ocasiones a lo largo del año. El 24 de marzo, en el contexto de la operación «León Rugiente» y de las operaciones contra Hezbolá y en otros sectores, se aprobó un marco de hasta 400.000 reservistas vigente hasta el 31 de mayo.
El 26 de julio se aprobó un marco de hasta 240.000 reservistas vigente hasta el 30 de septiembre. La propuesta ahora aprobada por los ministros permitirá convocar hasta 200.000 reservistas hasta el 30 de noviembre, lo que supone una reducción de 40.000 respecto al marco que expira el 30 de septiembre.
Este marco de 200.000 convocatorias no implica que 200.000 reservistas deban estar prestando servicio simultáneamente; más bien, representa el número máximo de convocatorias de reservistas que pueden emitirse en virtud de la orden durante dicho periodo.
Por norma general, un soldado que sea licenciado y posteriormente convocado de nuevo computará como una convocatoria adicional, salvo en los casos de excepción estipulados en la orden. Cada convocatoria se efectuará únicamente tras haberse utilizado plenamente las fuerzas regulares disponibles y requerirá la aprobación individual del jefe de la Brigada de Operaciones de la División de Operaciones de las FDI, o bien del funcionario responsable de reclutamiento y preparación operativa dentro de dicha brigada.
Casi tres años después del 7 de octubre, el uso excepcional de la «Orden 8» sigue siendo necesario —según el Ministerio de Defensa—, ya que los límites legales del servicio de reserva no permiten a las FDI mantener los niveles de efectivos requeridos durante periodos prolongados.
En el marco jurídico ordinario, el número máximo de días de servicio de reserva en un periodo de tres años es de 54 días para el personal de tropa, 70 días para los comandantes y 84 días para los oficiales. Por lo general, el servicio operativo puede realizarse una vez cada tres años por un periodo de hasta 25 días.
La propuesta señala que las necesidades de seguridad de Israel exigen mantener niveles significativos de tropas en diversos sectores durante periodos mucho más largos, lo que hace necesario seguir recurriendo a las convocatorias de la «Orden 8».
La propuesta también detalla las medidas adoptadas para aumentar los efectivos disponibles para las FDI y aliviar la carga operativa. Decenas de miles de reservistas han sido reasignados desde las reservas generales a unidades activas, se han revocado las exenciones del servicio de reserva para miles de soldados y se ha elevado a 49 años la edad límite para dicho servicio en determinadas profesiones y unidades esenciales.
En julio, una disposición temporal estipuló que el servicio militar obligatorio se mantendría en 32 meses y no se reduciría a 30 meses durante los tres años siguientes. Inicialmente, el estamento de defensa había buscado ampliar el servicio obligatorio masculino a 36 meses, pero la Knéset aprobó solo una parte de la medida.
Según los datos adjuntos a la propuesta, el coste total de las jornadas de servicio de reserva realizadas bajo la «Orden 8» entre enero y agosto ascendió a 26.700 millones de séqueles (NIS), mientras que el coste medio de una jornada de servicio de reserva bajo dicha orden se estima en unos 1.000 NIS.
El coste estimado de la ampliación propuesta se basa en el volumen medio de jornadas de servicio de reserva registradas entre enero y septiembre. Si dicho nivel se mantiene durante octubre y noviembre, el coste estimado de los dos meses adicionales será de aproximadamente 6.600 millones de NIS.
El Gobierno también prorroga el marco legal para la detención de combatientes ilegales.
La segunda decisión sometida a la aprobación de los ministros prorroga la declaración vigente en virtud de la Ley de Reclusión de Combatientes Ilegales. La declaración actual expira el 30 de septiembre, y el Gobierno buscaba prorrogarla hasta el 30 de noviembre.
Esta prórroga implica que seguirán vigentes las disposiciones especiales introducidas durante la guerra en relación con la detención de combatientes ilegales. Entre ellas figuran los plazos permitidos antes de emitir una orden de detención permanente, la posibilidad de impedir que el detenido se reúna con un abogado y los plazos para la revisión judicial.
El alto el fuego se firmó en octubre de 2025 y se detuvieron las maniobras terrestres intensivas en la Franja de Gaza; sin embargo, según el Ministerio de Defensa, las condiciones sobre el terreno siguen justificando la prórroga de la declaración.
Las tropas de las FDI permanecen en territorio enemigo, persisten los focos de tensión en diversos sectores y se sigue manteniendo bajo custodia a decenas de personas sospechosas de estar implicadas en actividades terroristas. Miles de combatientes ilegales permanecen detenidos, incluidos aquellos sobre los que aún no se han emitido órdenes de detención permanente y otros a quienes se ha impedido reunirse con un abogado.
El dictamen jurídico señalaba que prorrogar reiteradamente la declaración «no es un asunto trivial». El número de nuevos detenidos ha disminuido, el alto el fuego ya ha entrado en vigor y las organizaciones terroristas de la Franja de Gaza ya no retienen rehenes.
No obstante, los funcionarios de Defensa argumentan que las Fuerzas de Defensa de Israel (FDI) siguen activas en varios frentes y que algunos detenidos son objeto de investigaciones complejas durante las cuales, en ocasiones, resulta necesario impedirles reunirse con un abogado.
Si la declaración expirara, las decisiones vigentes que impiden a los detenidos reunirse con abogados perderían su validez de inmediato. En algunos casos, las autoridades se verían obligadas a emitir una orden de detención permanente y a poner al detenido a disposición judicial para su revisión antes de que la investigación hubiera concluido y se hubiera establecido la base fáctica necesaria.
En este contexto, el dictamen jurídico concluyó que, si bien una nueva prórroga plantea dificultades, no existe impedimento legal para aprobarla.
Las disposiciones actualmente en vigor son ya más restrictivas que las aplicadas durante las fases iniciales de la guerra. En virtud de la última modificación de la disposición temporal, que entró en vigor el 1 de julio, la orden de detención permanente de un combatiente ilegal debe firmarse en un plazo de 18 días tras la detención, o de 10 días en el caso de un menor.
Los plazos previos a la revisión judicial se redujeron en siete días, y también se acortaron los periodos máximos durante los cuales se puede impedir a un detenido reunirse con un abogado.
El Ministerio de Defensa subrayó que se trata de plazos máximos y que, en la práctica, se procura reducirlos en función de la situación de seguridad y del número de nuevos detenidos.
Ambas decisiones se adoptan durante un periodo electoral, momento en el que el gobierno está sujeto a un deber reforzado de contención. Los dictámenes jurídicos determinaron que las decisiones son urgentes, están relacionadas con la seguridad y tienen una duración limitada, además de ser necesarias dado que las dos disposiciones vigentes expiran el 30 de septiembre.
Por consiguiente, los dictámenes concluyeron que no existe impedimento legal para aprobarlas durante el periodo electoral.
Fuente: JPost- Traducido por UnidosxIsrael
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